MUSICA Y CORAZONES

sábado, 25 de octubre de 2014

DIARIO DE UN FAMILIAR EN UNA RESIDENCIA. RESUMEN; LA INEPTITUD DIRECTIVA, LA LEX ARTIS MÉDICA Y LAS ARBITRARIEDADES DE: LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN AUTÓNOMICOS Y "LA JUSTICIA"


REFLEXIONES Y CUESTIONES PLANTEADAS.

 
Llegado a esta altura del DIARIO DE UN FAMILIAR EN UNA RESIDENCIA  y dado que; una de las cuestiones que se describía era la incapacitación de mi familiar, procedimiento iniciado por la dirección de esa Residencia sin contar y comunicar nada a su familia  y habiendo sido incapacitada judicialmente y haberme nombrado tutor legal , conviene hacer un resumen-reflexión de cuanto he expuesto.
 
ANTECEDENTES: INGRESO EN LA RESIDENCIA. EL CONTRATO.

El ingreso de mi familiar hace 24, no surgió de forma automática, sino que fue necesario una serie de contactos previos, negociaciones, consentimiento entre las partes. Ratificado posteriormente en ese acuerdo contractual de voluntades que ha tenido y tiene fuerza de Ley durante todos estos años.
Ese ingreso de mi familiar en esa Residencia de A Coruña se hizo de forma LIBRE Y VOLUNTARIA, valiéndose por si misma y sin ninguna enfermedad o minusvalía como requisitos previos para su ingreso.
Eligió ese Centro por estar cerca de su familia. La CONFIANZA que le otorgaba y las GARANTIAS dadas a cambio de una remuneración mensual; cuidados y atenciones en TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS que sobrevinieran, incluidos los de una posible enfermedad en la cual acabara siendo dependiente, evidentemente como NO PODIA SER DE OTRA FORMA. En esa situación estuvo cerca de 15 años en los cuales se valía por si misma.
 
"LA IGNORANCIA ES LA NOCHE DE LA MENTE; PERO UNA NOCHE SIN LUNA NI ESTRELLAS".
 
 LA DIRECCIÓN DE LA RESIDENCIA.

Desde el momento del ingreso de una persona mayor en una residencia, la DIRECCIÓN SE OBLIGA CON ESE ANCIANO. Es por ello que el perfil de quien va desempeñar este tipo de trabajo para el cual no todo el mundo sirve, debe tener unos conocimientos, tolerancia y ciertas habilidades afectivas con las personas mayores. El buen hacer directivo, NO PERMITE un ambiente hostil, acepta las críticas, las indaga y comprueba qué está fallando en la atención al anciano, tratando de SOLUCIONARLO y que NO SE REPITA. Su éxito dependerá de ese grado de satisfacción y gratitud del anciano, así como de su familia.

En el caso de la dirección de la Residencia de nuestro familiar, NINGUNA de esas premisas se cumplieron, Así:
    • Después de presentarle las quejas, en vez de mediar y solucionar que estas no se repitieran, fueron a más. Es más; ha negado las negligencias.
    • Ni una sola vez pese al estado que presentaba nuestro familiar y vernos salir con él a urgencias, nos peguntó qué pasaba o dónde íbamos y mucho menos llamar por teléfono para interesarse por mi familiar, pese haber quedado ingresado.
    • Ni una sola vez ha intentado mediar, solucionar o hablar con nosotros.
    • Ha negado sistemáticamente la información solicitada sobre nuestro familiar. Dos veces que la facilitó era contradictoria.
    • En sus escritos y testifical ante el juez la directora de la residencia R.F.S, recurrió a las justificaciones más irracionales, negando en todo momento los hechos y entrando continuamente  en contradicciones.
    • Se preocupa más por otros intereses que por el bienestar de los ancianos.
    • Inicia en VENGANZA un procedimiento de incapacitación de mi familiar, a espaldas de la familia y sin comunicarlo.
    • Falsea la tipología de la Residencia que dirige, manifestando que es para personas autónomas. Cuando posteriormente reconoce ante el juez todo lo contrario y siendo conocedora que; de siempre TODA una planta de esa Residencia, es de dependientes.
 
 "EL TIPO MÁS NOBLE DE HOMBRE TIENE UNA MENTE AMPLIA Y SIN PREJUICIOS. EL HOMBRE INFERIOR ES PREJUICIADO Y CARECE DE UNA MENTE AMPLIA".

LEX ARTIS Y ÉTICA DEL MÉDICO DE ESA RESIDENCIA

 Toda actuación asistencial debe constituir una exigencia ética y legalmente exigible. La obligación del médico es una actividad diligente y acomodada a su LEX ARTIS y no al fin de resultados. Como recoge la sentencia del T.S del 10 de diciembre de 1996 :” el médico no está obligado a curar a los pacientes, sino a suminístrale las atenciones requeridas según su estado actual “.
En nuestro caso hay  un NEXO DE CONEXIÓN DOLOSA entre la ACTUACIÓN NEGLIGENTEMENTE   documentada del medico J.J.A y el RESULTADO DAÑOSO PRODUCIDO a mi familiar, así: 
 
  • Su negligentemente praxis omitió el elementalmente imprescindible tacto rectal  confundiendo un GRAN FECALOMA con una deposición líquida diarréica en la que casi fallece. Más aún; siendo conocedor de la patología del enfermo, con episodios anteriores de obstrucción por formación de fecalomas.
  • Falsea la información en los escritos que entrega a su familia, afirmando que los laxante suministrados no son efectivos, los micralax tampoco y administrándole un enema que dice haber sido muy efectivo, cuando al siguiente día dada la sintomatología que presentaba mi familiar, la llevamos a un hospital y le detectan obstrucción intestinal según el parte urgencias.
  • Erra reiteradamente en su praxis y diagnósticos, afirmando en sus escritos a la familia que mi familiar tiene una conjuntivitis, cuando presenta una infección de orina y un gran fecaloma, por varias veces.
  • Hizo informes falsos para la incapacitación de mi familiar con patologías inexistente, aumentando u omitiendo intencionadamente otras.
"LA IGNORANCIA HUMANA NO PERMANECE DETRÁS DE LA LEX ARTIS DE CADA PROFESIONAL SINO QUE CRECE CON ELLA".

 LAS ARBITRARIEDADES DE LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN DE LA XUNTA:

 Estaremos todos de acuerdo que; la finalidad de los LIBROS DE RECLAMACIONES, no son precisamente de dedicatorias y halagos.
En nuestro caso, tras una reclamación presentada en el citado Libro de Reclamaciones de esa Residencia de ancianos, es tomada la misma para que toda una Secretaria General Técnica M.S.D de la Conselleria de Trabaja y Bienestar de la Xunta de Galicia a la que pertenece los Servicios de Inspección, comunicarnos que: La Residencia donde reside nuestro familiar desde hace 24 años, es un Centro para personas autónomas y mi familiar como era dependiente necesitaba unas necesidades asistenciales y cuidados técnicos especializados, que no podían darle y había que trasladarla”. Conviene recordar que previamente a esta comunicación se había interpuesto una denuncia a la dirección por MALOS TRATOS.
Aquello que es un derecho a reclamar, se convirtió en una VENGANZA, con las siguientes ARBITRARIEDADES PARTIDISTAS:
 
  • La citada carta de los Servicios de Inspección de la Xunta, llega además un mes después de haber interpuesto una denuncia a esa Residencia por MALOS TRATOS contra mi familiar. Era una simple carta y no RESOLUCIÓN como dicen,  pues los actos administrativos (Resolución), son recurrentes mediante recurso y NUNCA hemos presentado tal.
  • ¿QUÉ FISCALIZAN en esas periódicas visitas a esa Residencia los Servicios de Inspección de la Xunta?. Cuando de TODOS ES CONOCIDO que en esa residencia coruñesa; toda una planta es de dependientes. De todos modos a nadie se le escapa que las inspecciones actúan previa cita previaaa....
  • Durante más de 35 años que lleva funcionando esa Residencia en A Coruña. ¿Qué hacían o a dónde envian a los ancianos que habiendo entrado en su día valiéndose por si mismo, por las  circunstancias que sean o el paso del tiempo pasan a ser dependientes?. ¿Qué hizo los Servicios de Inspección de la Xunta de Galicia en estos años?.  ¿Cuál era la COSTUMBRE en todos estos años?. Mi familiar lleva 11 años en silla de ruedas siendo dependiente.
  • Tanto el Reglamento Interno de esa Residencia, validado por los Servicios de Inspección de la Xunta, como los contratos suscritos entre los ancianos y el Centro, así como la propia trabajadora social de esa Residencia A.R.P en un reportaje de prensa publicado,  indican y manifiesta todo lo contrario: CENTRO DE DEPENDIENTES.
  • En esa  exhaustiva labor inspectora de la Xunta sobre la tipología de esa Residencia,  también se CONTRADICEN con la testifical de la directora de esa Residencia y un auto del propio juez de lo penal,  quienes respectivamente manifiestan que; el centro es de dependientes y con licencia de la Xunta para ello.
  • ¿Cuáles son esos cuidados técnicos que necesita mi familiar según  los eficientes Servicios de Inspección de la Xunta?. Ayuda para las actividades básicas, cambiar el pañal, darle la medicación y/o colocar un simple enemaEsos no son cuidados técnicos como dicen, sino que son los MINIMOS CUIDADOS IMPRESCINDIBLES en cualquier residencia de mayores.

  • "NO SON LAS MALAS HIERBAS LAS QUE AHOGAN LA BUENA SEMILLA, SINO LA NEGLIGENCIA DEL CAMPESINO".
     
LA ARBITRARIEDADES DE LA JUSTICIA: FISCAL y JUEZ:

La capacidad de una persona debe ser la REGLA, la excepción la incapacitación, pues por encima de todo está su LIBERTAD DE DECISIÓNEs por ello que tanto el  juez como la fiscalía deben INVESTIGAR un procedimiento tan restrictivo,  otorgando al mismo y al presunto incapaz las máximas garantías.
En nuestro caso además, no debemos obviar que todo cuanto anteriormente he expuesto había sido puesto en conocimiento de la justicia en las denuncias presentadas por nuestro abogado y por mi, sí bien la justicia actuó de forma ARBITRARIA Y PARTIDISTA:

 Nos cita la fiscal C.P.V como familiar para ver la situación económica y la guardia custodia de nuestro familiar. Mi sorpresa cuando la fiscal afirma que; la guardia custodia de mi familiar la teníamos nosotros.
¿Quién tiene la guardia custodia de una persona que está dentro de una Residencia de mayores?. ¿Quién tiene la guardia custodia  de los alumnos en horario lectivo en un centro de enseñanza?.
En cuanto a la situación económica en sus antecedentes de hecho manifesta la fiscalía  que: "el centro es para personas autómonas sin relación alguna con un proceso de incapacitación y subyaciendo bajo esta "afirmación"; un traslado de residencia. ¿Ha investigado o contrastado la tipología de esa Residencia la fiscal C.P?.
  • Si la fiscalía inicia un procedimiento de presunta incapacitación de una persona ( a propuesta de la dirección de la Residencia) . Cabe suponer que; el presunto incapaz no estará para vislumbrar una citación para comparecer. ¿Por qué no se envió la misma también a la familia, como hizo para conocer su situación económica?. 
  •   ¿Quién recepciona la demanda de incapacitación de mi familiar vulnerando el secreto de su correspondencia?. La propia directora de la residencia R. F. S, quien además había iniciado el procedimientorecepciona dicha demanda, la firma sin autorización de mi familiar, se apropia de ella sin entregarla a mi familiar ni a su familia. Hechos graves conocidos por un acta notarial requerida a la directora y puestos en conocimiento de la justicia que decide no hacer nada 
  • Por qué la fiscalía que se supone está para proteger al anciano, propone que sea tutor legal una Fundación Pública (Funga)  intentando sacarnos la tutela, cuando de siempre nos hemos ocupado de nuestro familiar. 
  • La labor de un juez es INVESTIGAR y contrastar los hechos. La visita del juez a mi familiar para examinarladeberían revestir las máximas garantías, con el fin de obtener una aproximación a la verdad y la realidad de mi familiar, al considerar que este procedimiento tan restrictivo equivale a una "muerte jurídico-civily pudiera ser innecesario. Sí el juez desconoce la verdad y la realidad de mi familiar; DEBE INVESTIGARLA.¿ Investigó sí realmente había desamparo y necesitaba una persona para regir su persona y bienes?.¿Investigó qué bienes?. ¿Habló con la familia?. ¿Investigó la tipología de esa Residencia?. ¿Investigó cuáles eran esos cuidados técnicos que necesitaba?.¿Qué cuidados necesita que "no puedan ser prestados en ese Centro" y por ello hay que trasladarla después de 24 años?. ¿Habría actuado el juez B. F. P  con igual rigurosidad, imparcialidad y criterio en el caso que mi familiar estuviera en su casa?.
  • Las resoluciones judiciales deben estar motivadas suficientemente con argumentos de hecho y de derecho. 
  • ¿Por qué habiéndonos ocupado siempre de mi familiar, nos proponen como defensor judicial, comparecemos para ello y posteriormente nombran a una Fundación Pública (Funga)?.
  • RESUMIENDO: SS B. F. P SE BASÓ EN SU ARTÍCULO 33º PARA TOMAR ALGUNAS DE SUS DECISIONES SIN MOTIVARLAS Y ARGUMENTARLAS.
 
     
Dice LUIGI FERRAJOLI : "El Derecho es siempre una realidad no natural, sino artificial, construida por los hombres que tienen una no pequeña parte de responsabilidad".

"LA SABIDURIA SE PROCUPA DE SER LENTA EN SUS DISCURSOS Y DILIGENTE EN SUS ACCIONES".
 


MI FAMILIAR

 
Durante todo este tiempo tanto mi familiar como su familia, hemos sufrido y sufrimos la acción de estos maltratadores psicópatas fríos, que niegan sistemáticamente los hechos  de quienes son sus victimas y padecen sus consecuencias. La peor parte de esta VENGANZA la lleva mi familiar, nosotros somos victimas colaterales.
Habría que preguntarse ¿por qué la dirección de esa Residencia, inicia ese procedimiento de incapacitación con mi familiar y no lo aplican también con el resto de ancianos con patrimonio, sin familia que mire por ellos y en igual o peor situación física/síquica que mi familiar?.
Muchos se preguntarán ¿por qué no cambio de residencia?. Mi familiar lleva en esa Residencia 24 años, entró de forma VOLUNTARIA Y LIBREMENTE, siendo una persona que se valía por si misma. Eligió ese Centro por la CONFIANZA,LAS CONDICIONES ASISTENCIALES QUE OFRECIAN y la OBLIGACIÓN LEGAL SUSCRITA; CUIDARLA Y ATENDERLA con independencia de la enfermedad que le sobreviniera. Así estuvo mi familiar durante años que no necesitó ayuda y cuidados, al valerse por si. Actualmente esa ayuda y cuidados no son otros que; los MÍNIMOS IMPRESCINDIBLES, en cualquier residencia de mayores que para eso ingresó.
Mi labor como tutor legal es DEFENDER la decisión tomada LIBREMENTE en su día por mi familiar  y que la TRATEN CON LA DIGNIDAD Y EL RESPETO QUE SE MERECE, circunstancias que no se dan y que no nos han dejado otro camino que aquel que decía el filósofo y estratega militar chino  Sun Tzu: Sí no tienes más remedio que ir a la guerra hazlo sosegado”.
 
"UNA VOZ FUERTE NO PUEDE COMPETIR CON UNA VOZ CLARA, AUNQUE ÉSTA SEA UN SIMPLE MURMULLO".




 
 
 
 
 





 

LA GENTE TE AMARÁ POR LO QUE ERES, Y MUCHOS TE ODIARAN POR LA MISMA RAZÓN...POR ESO NO DEJES DE SER TU MISMO.

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